44 años del Servicio de Búsqueda y Salvamento Marítimo

Martes 29 de diciembre de 2020

El 29 de diciembre de 1976, con el Decreto Supremo N° 1.190, se estableció la conformación del Servicio de Búsqueda y Salvamento Marítimo, el cual conforma una institucionalidad, en un esfuerzo que la Armada de Chile ha desarrollado ininterrumpidamente durante toda su historia.

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Búsqueda y Salvamento Marítimo

A lo largo de los más de 4.000 kilómetros de costa que posee nuestro país, el servicio opera a través del Centro Coordinador Nacional (MRCC Chile), en el que se encuentran organizados 5 Centros Coordinadores de Búsqueda y Salvamento Marítimo (MRCC) y 11 Subcentros (MRSC), los cuales están equipados con sistemas de comunicaciones marítimas y medios para llevar a cabo operaciones de búsqueda y salvamento.

El área de responsabilidad abarca toda nuestra costa y zona insular, también proyectándose al Paso Drake y un área que se extiende hacia el Territorio Chileno Antártico, el cual es resguardado en los meses de verano por la Patrulla Antártica Naval Combinada que se mantiene operando en dicha zona, a fin de apoyar a las naves que requieran asistencia o en el combate a eventuales derrames de hidrocarburos.

De esta manera, en base a diferentes normas y compromisos internacionales adscritos por el Estado de Chile, se conformaron las bases del funcionamiento de este importante servicio, el cual ha evolucionado constantemente, tanto en capacidades técnicas como de entrenamiento de parte del personal naval, orientado al cumplimiento de labores trascendentales en el resguardo de la vida humana en el mar.

El Gobernador Marítimos de Punta Arenas, Capitán de Fragata (LT) Carlos Cerda, señaló que “dentro de sus importantes labores se encuentra organizar y efectuar la búsqueda de las naves, artefactos navales u otros vehículos de transporte en el área marítima de responsabilidad nacional, con el propósito de rescatar a su dotación y pasajeros que se hallen en peligro, a consecuencia de un accidente en el mar, desarrollando diferentes operaciones en distintas zonas de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, como han sido los dos últimos lamentables incidentes en Seno Skyring y el sector de Chabunco, donde distintos medios fueron desplegados en la rebúsqueda”.

De igual manera cooperar de propia iniciativa o a requerimiento de autoridades o particulares, y en la forma que lo determine la Comandancia en Jefe de la Armada, a la búsqueda y el rescate de vidas humanas y materiales no relacionados con las actividades marítimas de orden general, que se encuentren en peligro o perdidos en el mar y zonas lacustres o fluviales, donde existan Autoridades Marítimas.  

Así como efectuar el Control de Tráfico Marítimo a través de la vigilancia, control y alerta del área marítima de responsabilidad nacional de búsqueda y salvamento marítimo (Área SAR).

Es de esta manera que la Armada de Chile se mantiene en permanente alerta, considerando las implicancias de ser una nación marítima, en donde se encuentran parte de las rutas marítimas fundamentales para el desarrollo económico mundial, al igual que complejos canales y diversas condiciones meteorológicas que hacen necesario una presencia constante y operativa, estableciendo el cumplimiento de distintos convenios internacionales, como es el caso del Sistema de Notificación de Naves,  establecido conforme a la recomendación contenida en el Convenio Internacional de Búsqueda y Salvamento Marítimos, 1979 (Convenio SAR), que entró en vigor el 22 de junio de 1985.

Es de esta manera que las operaciones de Búsqueda y Salvamento Marítimo responden a diferentes requerimiento en el área de responsabilidad de nuestro país, desplegando esfuerzos constantes y coordinados, efectuando acciones concretas con el objetivo de resguardar la vida humana en el mar.